Uno de los documentos más importantes de un condominio es el REGLAMENTO INTERNO.
Para poder hacer un REGLAMENTO INTERNO del condominio hay que tomar en cuenta las leyes locales de cada entidad federativa, en México solo 10 estados tienen una ley específica para la propiedad en condominio como lo son la CDMX, el Estado de México, entre otros. También se deben considerar las legislaciones civiles de cada estado ya que pueden ser supletorias a estas leyes.
Las entidades federativas que no tengan una ley especifica para la propiedad en condominio, el REGLAMENTO INTERNO se debe realizar conforme a lo que establezca el Código Civil de cada estado.
A continuación, les comparto un ejemplo general de un REGLAMENTO INTERNO, que cumple con lo que establece la LEY QUE REGULA EL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO EN EL ESTADO DE MÉXICO, y la LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
Es importante señalar que el REGLAMENTO INTERNO, se podrá modificar en cualquier momento que se considere necesario, y se debe de hacer en una ASAMBLEA ordinaria o extraordinaria para tener completa legalidad.
Ejemplo:
REGLAMENTO INTERNO DEL CONDOMINIO [NOMBRE DEL CONDOMINIO]
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 1. El presente Reglamento Interno es de observancia obligatoria para todos los copropietarios, arrendatarios y ocupantes del Condominio [Nombre del Condominio].
Artículo 2. El objeto del Reglamento Interno es regular la convivencia, el uso adecuado de las áreas comunes y la correcta administración del Condominio.
Capítulo II: Derechos y Obligaciones de los Condóminos
Artículo 3. Los condóminos tienen derecho a:
- Usar y disfrutar de su unidad privativa y de las áreas comunes conforme a su destino.
- Participar en las asambleas y en las decisiones del condominio.
- Ser informados sobre la administración y estado financiero del condominio.
Artículo 4. Los condóminos tienen la obligación de:
- Respetar las disposiciones de este Reglamento Interno.
- Pagar puntualmente las cuotas de mantenimiento y cualquier otra contribución acordada en asamblea.
- No realizar actividades que alteren la paz y seguridad del condominio.
- Mantener su unidad privativa en buen estado y realizar las reparaciones necesarias.
Capítulo III: Uso de Áreas Comunes
Artículo 5. Las áreas comunes son de uso exclusivo para los fines previstos y no pueden ser utilizadas para actividades particulares sin autorización de la Asamblea.
Artículo 6. Queda prohibido:
- Estacionar vehículos en lugares no autorizados.
- Colocar objetos personales en áreas comunes.
- Realizar actividades comerciales en áreas comunes sin el permiso correspondiente.
Capítulo IV: Asamblea de Condóminos
Artículo 7. La Asamblea de Condóminos es el órgano supremo del condominio y sus decisiones son obligatorias para todos los copropietarios.
Artículo 8. La Asamblea se reunirá ordinariamente al menos una vez al año y extraordinariamente cuando lo solicite la administración o un porcentaje significativo de condóminos.
Artículo 9. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos, salvo que la Ley o este Reglamento dispongan otra cosa.
Capítulo V: Administración del Condominio
Artículo 10. La administración del condominio será llevada a cabo por un Administrador designado por la Asamblea de Condóminos.
Artículo 11. El Administrador tendrá las siguientes funciones:
- Ejecutar las decisiones de la Asamblea.
- Administrar los recursos financieros del condominio.
- Velar por el mantenimiento de las áreas comunes y servicios del condominio.
Capítulo VI: Sanciones
Artículo 12. El incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento Interno dará lugar a la imposición de sanciones que serán determinadas por la Asamblea de Condóminos.
Artículo 13. Las sanciones podrán incluir:
- Multas económicas.
- Restricción de uso de ciertas áreas comunes.
- Acciones legales, en caso de infracciones graves.
Capítulo VII: Disposiciones Generales.
Artículo 14. Las modificaciones a este Reglamento Interno deberán ser aprobadas por la Asamblea de Condóminos con una mayoría cualificada.
Artículo 15. Este Reglamento Interno entrará en vigor el día [Fecha de Aprobación] y será registrado conforme a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, o se hará constar en testimonio notarial de acuerdo con la ley que regula el régimen de propiedad en condominio en el estado de México.
Firmas:
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Administrador
__________________________________
Comité de vigilancia.
El ejemplo anterior es muy general, pero abarca todos los puntos que debe tener un REGLAMENTO INTERNO.
El REGLAMENTO INTERNO puede ser tan especifico como se requiera y puede abarcar temas como:
- Mudanzas y acceso de proveedores.
- Reparaciones y remodelaciones de los condominios
- Reglas o normativas de arrendamientos
- Áreas de estar para el personal del condominio y empleados de residentes
- Ruidos y fiestas dentro del condominio
- Recolección de basura
- Uso y reservaciones de las amenidades del condominio (alberca, solones de fiestas, gimnasio, etc.)
- Accesos peatonales y vehiculares
- Y todo lo referente con cuotas y sanciones económicas.